La celebración de procesos electorales es una de las actividades que moviliza la mayor cantidad de personas a la vez en un Estado determinado, y, en una crisis sanitaria, esto significa un alto riesgo de propagación y contagio de enfermedades, como en el caso que nos ocupa, del covid-19.
En este sentido, es fundamental que los organismos electorales cumplan con normas de salubridad que aseguren las condiciones para que las y los ciudadanos puedan acudir a los centros de votación a ejercer el sufragio, de lo contrario se puede propiciar altos índices de abstencionismo y por lo
tanto se estaría atentando contra los derechos políticos de las y los votantes. Es preciso hallar protocolos de acción que, sin sacrificar los derechos políticos, resguarden el derecho a la salud. Es un equilibrio difícil, pero necesario.
En este contexto los organismos electorales deben considerar nuevas condiciones de organización electoral y participación ciudadana, lo que puede implicar desde la modificación de los materiales electorales hasta nuevas modalidades de votación.
Una dificultad adicional es que modificaciones al proceso electoral pueden requerir no sólo reformas a procedimientos, lineamientos o reglamentos electorales sino también a la legislación y en algunas ocasiones hasta a la Constitución Política.