¿Cómo aterrizar la idea de una Carta Magna con mirada de género? Ante una nueva conmemoración del Día Internacional de la Mujer, distintas organizaciones impulsadas por mujeres presentan en Re:Constitución sus propuestas para avanzar hacia ese camino. Consagrar el trabajo doméstico no remunerado como una actividad productiva, dejar redactada la paridad en organismos públicos y dejar plasmada la importancia de una educación no sexista son algunas de ellas.
Este lunes 8 de marzo se conmemora una nuevo Día Internacional de la Mujer y este año tendrá un matiz especial: será a casi menos de un mes de la elección de los constituyentes que serán parte de la convención constitucional, la primera paritaria en el mundo.
En los últimos meses varios sectores políticos y candidatos a la Convención han hablado de escribir una Carta Magna “acorde a los tiempos” y que se traduce, para algunos, en una Constitución con mirada de género. ¿Y eso cómo se logra?
Para eso hablamos con algunas de las organizaciones que abogan por la igualdad de género y la reivindicación de derechos de las mujeres para dar con varios de los puntos claves.
Autonomía sexual y reproductiva
Carla Bravo, del Observatorio de Violencia Obstétrica de Chile (OVO), opina que es importante que se incluyan “ciertos principios y garantías” como “consagrar la igualdad y la no discriminación en cuanto al género”, y “una educación no sexista”.
Destaca que para OVO es fundamental que se garantice “la autonomía sexual y reproductiva de la mujer sexual que tiene que estar garantizado como un derecho autónomo”.
Argumenta que, “el control sexual ha operado como dispositivo histórico de dominación, por lo que la decisión y autonomía sobre el propio cuerpo, reconociendo además la diversidad existente y que no es un tema que afecte sólo a mujeres sino también a las disidencias sexuales, es un piso mínimo si queremos avanzar en estas materias”.
Agrega: “Recientemente hemos visto como la falla en anticonceptivos ha generado un problema grave del cual nadie se está haciendo responsable (…) De ahí la urgencia de poder elevar a rango constitucional un derecho que ha sido y sigue siendo históricamente tan desplazado”.
Ella se refiere a las denuncias por fallas en el empaque de anticonceptivos, al 23 de febrero de este año, el ISP contabilizaba 26 denuncias de 9 lotes diferentes.
Por su parte, Daniela López, del estudio jurídico AML Defensa de Mujeres, dice que es crucial que se consagre el derecho a un efectivo acceso a la justicia sin sesgos ni discriminaciones.
“Esto ya se encuentra consagrado en los tratados internacionales y es mucho más complejo que la posibilidad de acceder a tener representación jurídica o asistir a un tribunal. La tutela efectiva de derechos en términos de perspectiva de género es que el Estado adopte medidas que aseguren la prevención, investigación, sanción y reparación de la desigualdad, discriminación y violencia, entendiendo la violencia contra las mujeres como un problema público y prevalente, meritorio de acciones estatales, no como un problema privado y menos de responsabilidad de la víctima”, comentó.
Carolina Jiménez, presidenta del Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC), en tanto, señala que como OCAC “consideramos fundamental que la nueva constitución incluya, dentro del catálogo de derechos (similar al artículo 19 de la actual Carta Fundamental), la obligación del Estado de garantizar y asegurar una vida libre de violencia para las mujeres”.
Karina Nohales, vocera de la Coordinadora Feminista 8M, candidata constituyente por el Distrito 10, indica que “en materia de justicia eso se debiera traducir en la obligatoriedad de suscribir las convenciones internacionales como la CEDAW o la Convención Belem do Pará. Hemos visto fallos recientes y también defensas de las Fiscalías en que estas convenciones han estado presentes -como en el caso de Antonia Barra-, pero estas aun constituyen situaciones excepcionales cuando debiesen ser la regla”.
El trabajo doméstico como actividad productiva
Una de las tantas consecuencias de la pandemia fue que reflotó el debate respecto a las diferencias entre las horas semanales de trabajo doméstico no remunerado entre mujeres y hombres.
Contenido publicado en La Tercera